De acuerdo al tipo de carga la Aduana u otras entidades Públicas como: AUPSA, FARMACIA Y DROGA, BOMBEROS, CUARENTENA etc, pueden solicitar cierta documentación para autorizar su entrada al país.
Paquetes con trámite especiales, incurren en un tiempo adicional según el mismo.
1. AUPSA – Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos: Necesario para la importación de productos comestibles, tales como:
a. Alimentos y bebidas para consumo humano o animal.
b. Suplementos (alimenticios, diabéticos, vitamínicos).
c. Aceites esenciales, etc.
Requisitos para trámite: copia de cedula, imagen del producto, composición del producto (ficha técnica) y factura de compra del producto.
Productos regulados por AUPSA deben estar registrados y con su documentación en regla, este tipo de artículos tiene un costo adicional por tramites especiales el cual se cobra por paquete.
Vitaminas y otros hasta máximo 3 kilos por cliente solo 3 veces por año. La Emisión del permiso es de 3 días hábiles. Debe estar anuente que se le adicionará a su factura el importe de $5.00 por tramite de AUPSA y las licencias a un costo de $2.00 por artículo.
2. Farmacia y Drogas: es necesario para la importación de productos catalogados como medicamentos y productos que tenga contacto con el cuerpo humano. Es un proceso solicitado por el Departamento Nacional de Farmacias y Drogas del Ministerio de Salud.
Productos más frecuentes:
a. Medicamentos
b. Cosméticos.
c. Productos de higiene personal, como cremas corporales, desodorantes, etc.
d. Perfumes y lociones.
e. Shampoo y línea de belleza.
Requisitos para el trámite: copia de cedula o pasaporte, imagen del producto, composición del producto (ficha técnica), factura de compra del producto, solo cantidades menores a 5 kg. (11lbs), Receta Médica (En el caso de medicamentos) y carta firmada en original donde se detalla uso y generalidades de la mercancía.
Toda receta deberá cumplir con los siguientes requisitos generales:
– Nombre de la institución de salud pública o médico que prescribe.
– Nombre completo del paciente, edad y fecha de prescripción.
– Nombre genérico y comercial del producto.
– Concentración o potencia, forma farmacéutica, vía de administración, cantidad dosis del producto, días de tratamiento. Cantidad y dosis recetada debe coincidir con los días de tratamiento.
– Nombre completo, número de registro profesional, especialidad y teléfono de médico prescriptor.
– Instrucciones de uso.
– Firma por puño y letra y con tinta del médico prescriptor.
– Para padecimientos crónicos el medico utilizará la receta de uso prolongado, la cual es válida para tres prescripciones de un mismo medicamento, correspondiente a 3 meses de tratamiento. Las recetas para uso prolongado deben incluir la leyenda “Receta de uso prolongado”.
Para mercancía (medicamentos y cualquier producto que tenga contacto con la piel) que requiere farmacia y droga, adicionar $10.00 por trámite (valido para máximo 3 productos al mes). Tiempo Estimado de Entrega: 10 días hábiles.
3. Trámite de Bomberos: Necesario para la importación de productos clasificados como inflamables. Es un proceso solicitado por el Departamento de Bomberos de Panamá.
Productos más frecuentes:
a. Aceites
b. Pinturas
c. Derivados del petróleo.
Requisitos para el trámite: Copia de Cedula o Pasaporte y factura de compra. Tiempo estimado de entrega: 3 días hábiles. Costo: $ 10.00 por tramite y sello de bombero (No incluye guía individual).
4. Trámite de Cuarentena: Necesario para la importación de productos de madera, textiles o sus derivados, es un proceso solicitado por el Ministerio de Ambiente de Panamá.
Productos más frecuentes:
a. Derivados de madera en todas sus presentaciones.
b. Alfombras de tela.
c. Papel o libros en volumen.
Requisitos: Carta de Autorización y factura Comercial. Tiempo Estimado de Entrega: 3 días hábiles. Costo: $5.00. (NO incluye liquidación individual).
5. Sello Gorgas: $10
6. Salud Ambiental: $5
7. ANAM: 1% del valor de la mercancía y $5.00 de manejo.
Toda mercancía que requiera trámite especial, sin importar si su valor comercial sea menor o mayor de $100.00, aplicará permisos especiales de acuerdo con el tipo de mercancía, la misma se tramitará por separado y pagará tarifa normal según gaceta oficial del 16 de diciembre de 2002.
Confección y Refrendo para Mercancías con Valor CIF:
De 1.00 a 5,000 $ 50.00
De 5,000.01 a 10,000 $ 80.00
De 10,000.1 en adelante $ 80.00 + 0.25% del valor CIF
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